Derecho de sucesiones en Baleares

Mallorca – Menorca – Ibiza – Formentera

Infórmese sobre las principales cuestiones y problemas del derecho de sucesiones en las Islas Baleares. Se explican cuestiones de jurisdicción y qué hay que tener en cuenta a la hora de redactar un testamento.

Preguntas más frecuentes

1. ¿Cuándo se aplica el derecho sucesorio de las Islas Baleares?

La aplicación del derecho sucesorio de Mallorca, Menorca, Ibiza o Formentera depende de:

  • Según el Reglamento Europeo de Sucesiones, se aplica el derecho sucesorio de las Baleares si el fallecido tenía su residencia habitual en las Baleares, falleció allí y no dejó testamento.
  • Si el fallecido tenía la nacionalidad española o si el fallecido residió en las Baleares durante al menos 2 años y, por lo tanto, obtuvo la ciudadanía, se aplica el derecho sucesorio de las Baleares. Si no se ha obtenido la ciudadanía, podría aplicarse el derecho sucesorio español.

 

2. ¿Deben los herederos en las Baleares declarar la aceptación de la herencia?

En Alemania, la herencia pasa automáticamente a los herederos sin necesidad de una declaración expresa de aceptación. Sin embargo, en las Baleares y en el resto de España es diferente. Si hay bienes inmuebles en las Baleares como parte de la herencia, los herederos deben aceptar oficialmente la herencia ante un notario español o un cónsul. Además, es necesario registrar la propiedad en el Registro de la Propiedad español. El registro de propiedad español solo acepta a los herederos que presenten un documento notarial que confirme la aceptación formal de la herencia.

 

3. ¿Qué requisitos de forma existen para los testamentos en las Baleares?

En cuanto a la forma del testamento, no hay reglas especiales en las Baleares, por lo que se aplican las disposiciones generales españolas. Sin embargo, en Mallorca y Menorca existen reglas especiales. Según estas, para la validez del testamento se debe nombrar un heredero. Si solo se destina un bien específico del patrimonio a alguien, se trata de un legado. En Ibiza y Formentera, un testamento también es válido si no se nombra un heredero y solo se distribuyen legados.

 

4. ¿Quién hereda en las Baleares si no hay testamento?

Si no existe testamento o no se han nombrado herederos claros, entra en vigor la sucesión intestada española. Esta establece que principalmente los hijos y el cónyuge del fallecido heredarán. De esta manera, se asegura que la herencia se transmita a los familiares más cercanos.

 

5. ¿Cómo puedo averiguar si existe un testamento en las Baleares?

En España, cada testamento realizado ante notario se comunica al Registro de Testamentos Central en Madrid. Tras la muerte del testador, los familiares pueden consultar fácilmente allí si existe un testamento. Esto proporciona claridad y facilita la administración de la herencia para los herederos.

 

6. ¿Qué se puede disponer en un testamento en las Baleares?

El contenido de un testamento en España es similar al de Alemania. Se pueden nombrar herederos, asignar ciertos bienes a personas específicas, establecer condiciones o plazos para la herencia, dar instrucciones sobre la distribución de la herencia o nombrar un albacea.

 

7. ¿Es válido un contrato sucesorio según el derecho de las Baleares?

En el derecho balear, el contrato sucesorio es legalmente válido.

 

8. ¿Es válido un testamento mancomunal en las Baleares?

Un testamento mancomunal, en el que varias personas testan en un solo documento, no está permitido según el derecho de las Baleares. Sin embargo, si se aplica el derecho alemán, también es válido en España.

 

9. ¿Existen diferencias en el derecho de legítima en las Baleares?

El derecho de legítima difiere parcialmente del derecho español y varía según la isla:

  • Mallorca (Artículos 6 a 63 del CDB)
  • Menorca (Artículos 64 y 65 del CDB)
  • Ibiza y Formentera (Artículos 69 a 84 del CDB)

Si necesita información más detallada sobre el derecho de legítima en cada isla, por favor, contáctenos.

 

10. ¿Existen diferencias en la sucesión intestada respecto al continente español?

La sucesión intestada es en gran medida similar a la sucesión intestada general española. En las Baleares, el compañero de vida se equipara al cónyuge en cuanto a la sucesión intestada. En Ibiza y Formentera, el cónyuge recibe además un usufructo sobre la mitad de la herencia si hay descendientes y sobre dos tercios de la herencia si hay padres.

 

11. ¿Qué particularidad tiene la ejecución de un testamento según el derecho de las Baleares?

Si el fallecido nombró un albacea, este, a diferencia de Alemania, no suele tener el derecho exclusivo de administración y disposición.

 

12. ¿Existen regulaciones especiales para la aceptación de la herencia, la repudiación y la adquisición de la herencia en las Baleares?

Para la aceptación y repudiación de una herencia en las Baleares, se aplican las disposiciones legales generales españolas.

Panorama Temas Baleares

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Abo. Ernst Scharr

  • Abogado
  • Formación especializada como mediador
  • Miembro de la Asociación Hispano-Alemana de Juristas
  • Socio colaborador del bufete
  • Ubicación del despacho: Región metropolitana de Núremberg
  • Región: Tarragona y Baleares
  • Tel.: +49 (0)172 / 923 1838

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